Financiamiento a la educación superior

Publicado: 23 noviembre 2022 a las 6:00 pm

Categorías: Artículos

Por Javier Hurtado

El día de hoy habrá una movilización de la UdeG para solicitar un incremento de mil 127 millones de pesos en los seis mil 720 que recibirá del Gobierno del estado (48%) contra siete mil 280 del gobierno federal (52%). A partir de 2019 el Artículo 3° Constitucional dispone que la educación superior es obligatoria y gratuita, y desde 1934 establece: “El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o hagan cumplir las disposiciones relativas”…; lo que se reitera en la fracción XXV de su numeral 73, como facultad del Congreso de la Unión.

Han pasado 88 años y esa ley aún no se ha expedido. Mientras no ocurra, la discrecionalidad y voluntad de las partes seguirá determinando el monto de esas aportaciones. Esa norma no es en términos administrativos o educativos, sino de naturaleza financiera. Sería como la Ley de Coordinación Fiscal, con fórmulas, indicadores y criterios a considerar. No se entiende cómo el legislador federal sí puede hacerlo para recaudar, y no para determinar los montos que a los tres órdenes de gobierno les corresponde en materia de educación.

Esa norma no es Ley la General de Educación, ni la General de Educación Superior, y debería llamarse “Ley Reglamentaria de las Fracciones VIII y XXV de los Artículos 3° y 73 Constitucionales”. Con todo y las limitaciones que esta última tiene, su Artículo 65 señala que la participación de las entidades federativas para el financiamiento de la educación superior deberá ser “equitativa” y “paritarias respecto a los recursos federales”. Para cumplir con eso, el gobierno debe aportar al menos 560 MDP más a la UdeG para que esta sea igual a la federal, y la proporción 52 y 48% no sea eterna, lo que ya está prohibido.

No se entiende cómo el gobierno del estado sí tiene recursos para subsidiar a los particulares del transporte urbano y no para la UdeG; y por qué razón los municipios no aportan, cuando por disposición Constitucional y legal deben hacerlo.

Fuente:

https://www.milenio.com/opinion/javier-hurtado/zoon-politikon/financiamiento-a-la-educacion-superior

Fuente de la Imagen:

https://otrasvoceseneducacion.org/archivos/151546

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